1835 - PARTE DEL ALCALDE MAYOR AL GOBERNADOR CIVIL
El diecisiete de febrero de 1835 se publica en el "Boletín oficial de Santander" el siguiente comunicado o noticia que el Alcalde Mayor de San Vicente dirige al Gobernador Civil de la provincia, según oficio del día nueve de dicho mes, y que reproducimos textualmente a continuación:
"Noticias de la Provincia,
1860 - REMATE CONSTRUCCIÓN PUENTE EN HORTIGAL
El 14 de noviembre de 1860 se publica en el Boletín Oficial de Santander un anuncio para sacar a remate la construcción de un puente sobre el río de Hortigal.
Posteriormente, el 21 de Octubre de 1861 se publica otro anuncio, en el mismo Boletín Oficial de Santander, sobre el mismo tema anunciando nueva subasta, fecha y condiciones.
Acompañamos ambos anuncios:
"Ayuntamiento de San Vicente de la Barquera.
Con la aprobación competente, se saca á remate la construcción de un puente sobre el rio de Hortigal, mancomunado entre este Ayuntamiento y el de Val de San Vicente; cuyo plano, condiciones facultativas y económicas se hallarán de manifiesto en la Secretaría de este Ayuntamiento, en el acto y antes de celebrarse el remate, para el cual he señalado el día veinte y seis del corriente, á las tres de la tarde, en el local donde celebra sus sesiones este Ayuntamiento.
San Vicente de la Barquera 7 de Noviembre de
1860. —
El Alcalde, Francisco de Carranceja.
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1861-1021 - BOS - Ayuntamiento nueva subasta puente Hortigal
Ayuntamiento constitucional de San Vicente de la Barquera.
No habiendo merecido la aprobación del Sr. Gobernador de la provincia el remate celebrado para la construcción de un puente sobre el rio de Hortigal, que tiene mancomunidad con el Ayuntamiento de Val de San Vicente, se saca de nuevo á remate, y al efecto se ha señalado el día 10 de Noviembre próximo á las once de su mañana, en el local donde celebra sus sesiones este Ayuntamiento, capital de partido; cuyo plano, condiciones facultativas y económicas, estarán de manifiesto en aquel acto, y antes en la Secretaria de Ayuntamiento.
San Vicente la Barquera y Octubre 14 de
1861.—
El Alcalde, Francisco de Carranceja.—
El Secretario, Francisco del Barrio y Fernández."
1901 - LISTAS ELECTORALES
El diecinueve de Abril de 1901 aparece en
el Boletín Oficial de Santander las Listas Electorales que forman diversos
Ayuntamientos, entre ellos el de San Vicente de la Barquera, y que reproducimos
a continuación:
"Lista electoral que forman los Ayuntamientos que á continuación se expresan en cumplimiento del artículo 25 de la ley de 8 de Febrero de 1877, comprensiva de sus individuos y de un número cuádruple de vecinos cabezas de familias con casa abierta, mayores de edad y que, por pagar las mayores cuotas de contribución directas tienen con aquéllos derecho de sufragio para compromisarios en las elecciones de Senadores.
San Vicente de la Barquera
D. Celestino Blanco Martínez
Fidel de Noriega y Noriega
Anselmo Calderón Bustamante
Tomás Noriega García
Laureano Blanco González
Donato Palacios Gimenez
Fermín García Gutiérrez
Maximino Gutiérrez Díaz
José Calleja Orbaneja
CONTRIBUYENTES
D. Urbano Velarde Barrio
Basilio Escandón Laverde
Juan Angel del Corro
Aquilino González Rabanal
Pedro Berroya Astarbe
José Gutiérrez Gutiérrez
Manuel Castro Noriega
Manuel Díaz del Cotero
Silverio Gómez Martínez
Francisco Molleda Vega
Gerardo Arenas Guernica
Gabino Bustamante Peral
Marcelo Villanueva Fernández
Severino Sáinz Sañudo
Antonio Suárez Pellón
Pedro García Ruiloba
Féliz Rozas Torre
Manuel Ruiz Duque
Manuel M.ª Hoyos y Hoyos
Baldomero Matamoros Vega
José Martínez Ruiz
Lorenzo
Garrido Tejedor
Feliciana Alvarez Caranceja
Antonio Valle González
Manuel Fernández Díaz
Manuel Roiz Barrio
Cecilio García Sanchez
Diego Gutiérrez Gutiérrez
Gumersindo Fuente Quintana
Serapio Roiz Bustillo
Alberto Martín Martín
José Noriega García
Eusebio Gutiérrez y Gutiérrez
Alfonso Celis Ruiz
Cirilo Gutiérrez y Gutiérrez
José González Díaz
San Vicente de la Barquera 30 de Marzo de
1901.- El Alcalde, Fidel de Noriega.- El Secretario, Manuel Díaz del Cotero."
1879 - AYUNTAMIENTO, APROBACIÓN DE PRESUPUESTOS POR DÉFICIT
El
veinte de junio de 1879 se publica el Boletín Oficial de Santander una
certificación del Secretario del Ayuntamiento, correspondiente al acta de la
sesión extraordinaria del 19 de junio referente a la solicitud de la
Corporación para la aprobación de presupuestos por déficit. Como se puede
apreciar los ingresos eran menores al capítulo de gastos ordinarios y se
trataba de arbitrar medidas, mediante la aplicación de arbitrios y repartos
tributarios entre los vecinos.
Acompaño la Certificación por
parecerme interesante y que dice así:
"PROVIDENCIAS JUDICIALES.
D. Manuel Díaz del Cotero, Secretario del Ayuntamiento Constitucional de la villa de San Vicente da la Barquera.
Certifico: que la Junta municipal de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada en el día de ayer con el objeto de proponer arbitrios extraordinarios para cubrir el déficit de gastos é ingresos del presupuesto formado para el año económico de mil ochocientos setenta y nueve á ochenta, plena convocatoria al efecto, con designación del asunto que había de tratarse, ha adoptado el acuerdo que á la letra dice así:
«Visto la Junta municipal que importan los gastos diez y seis mil dos pesetas con veinticinco céntimos, y los ingresos seis mil cuatrocientas veinte pesetas, resultando un déficit de nueve mil quinientas ochenta y dos pesetas, en cumplimiento á lo dispuesto en la Real órden de tres de Agosto de mil ochocientos setenta y ocho, dispuso la revisión del indicado presupuesto que queda fijado para introducir en él todas las economías posibles.
Y leídas una por una todas las partidas del mismo, la Junta municipal se vío en la imposibilidad de poder reducir en lo más mínimo ninguna de ellas porque todas responden á servicios necesarios é imprescindibles.
En su consecuencia, la Junta teniendo en cuenta que se han utilizado todos los recursos ordinarios que permite la legislación vigente á excepción del quince por ciento sobre las cédulas personales, porque apenas producirían la insignificante suma de treinta y cinco pesetas próximamente, no pudiendo tampoco recurrir al repartimiento general, porque aparte de hallarse limitado ya hoy á girar sobre las utilidades á que se refieren las bases cuarta y sesta de la regla segunda del art. 138 de la ley municipal, rendiría exiguos productos que no alcanzarían á cincuenta pesetas, sería casi imposible su realización por la repugnancia del vecindario al mismo, como se viene demostrando; acuerda por unanimidad proponer al Gobierno de Su Majestad, como recurso extraordinario para cubrir el déficit expresado, los arbitrios siguientes:
1.° Un arbitrio extraordinario del ciento por ciento, además del ordinario sobre los cupos de consumos, cereales y sal que dan la cantidad de cinco mil trescientas noventa y un pesetas, con cinco céntimos, que es la que paga este Ayuntamiento para el Tesoro.
2.º Que no habiendo en este distrito otros recursos con que poder cubrir la cantidad restante de cuatro mil ciento noventa y un pesetas, con veinticinco céntimos, acuerda proponer el arbitrio de veinticinco céntimos de peseta por arroba de pescado de mar que en fresco y en escabeche se extraiga da este distrito municipal para otros, cuya extracción se calcula en treinta y cuatro mil arrobas y producirá cuatro mil doscientas pesetas al precio indicado, siendo este arbitrio el que se considera más á propósito, y con el que quedarán nivelados los gastos con los ingresos.
3.º Que para en el caso de que la propuesta de este arbitrio sobre el pescado como extraordinario, no sea concedido, acuerda solicitar se le conceda un reparto general sobre las utilidades y haberes personales de todos los vecinos de este distrito municipal para poder cubrir la cantidad expresada da las cuatro mil ciento noventa y un pesetas con 65 céntimos.
Y por último, que se anuncie al público desde hoy la aprobación da estos arbitrios extraordinarios propuestos para cubrir el déficit; que se libre certificación de esta acta al Sr. Gobernador Civil, á fin de que se digne ordenar su publicación en el "Boletín Oficial," y que por el señor Presidente se dé cumplimiento á todo lo demás que se haya preceptuado por disposiciones posteriores sobre el particular.
Con lo que se levantó la sesión extendiendo la presente acta los señores de la Junta expresados que han concurrido y saben hacerlo, de que yo el Secretario certifico.-Francisco del Barrio y Fernández, Eusebio de Hoyos, Celestino de Noriega, Manuel Gutiérrez. José Alvarez, José de la Sierra, Fermín Cires, Manuel Gutiérrez, Luis de Arco, Julián Alvarez, Feliciano Alvarez, Manual Díaz del Cotero, Secretario.
Es copia literal de la parte del acta á que se contrae.
Y para su publicación en el «Boletín
Oficial» de la provincia á los efectos de la Real orden de tres de Agosto último,
expido la presente certificación visada por el Alcalde de San Vicente de la
Barquera á diez y nueve de Mayo de mil ochocientos setenta y nueve.- Visto
Bueno, Francisco del Barrio y Fernández.- Manuel Díaz del Cotero".
1875 - CITACIÓN JUDICIAL MARINEROS DE LEQUEITIO Y BERMEO
El dos de Agosto de 1875 se publicó en el Boletín Oficial de Santander la siguiente citación del Juez municipal de San Vicente de la Barquera, que decía así:
"Providencias judiciales.
Don Luciano Gutiérrez de Celis, Juez municipal de esta villa de San Vicente de la Barquera.
Por la presente cito, llamo y emplazo á 12 ó 14 marineros pescadores de la matricula de Lequeitio y Bermeo en la noche del día 22 de Junio último como de ocho y media á nueve de la misma, causaron con instrumento cortante lesiones leves á don Pedro Uribe y D, Apolinar Aspillaga naturales de Ondarrua, provincia de Guipúzcoa, hallándose estos últimos bebiendo en la tienda de Calderon, de esta villa, cuyos 12 ó 14 marineros, cuyos nombres y demás antecedentes se ignoran, se hallaban en aquella fecha destinados á la pesca en este puerto, para que comparezcan á celebrar el juicio de faltas, que se tiene acordado en providencia de 17 del corriente, el día 14 de Agosto del mes próximo á las 3 de su tarde en la Audiencia de este Juzgado municipal, calle de la Barquera, bajo de apercibimiento de pararles los perjuicios á que hubiesen lugar en derecho y de que incurren además en la multa de 25 pesetas sino se presentasen en expresado día 14 de Agosto próximo. Dado en San Vicente de la Barquera á 24 de Julio de 1875.
-Luciano Gutiérrez de Celis. —
Manuel Diaz del Gotero, secretario".
(Por cierto no sabemos si los citados marineros acudieron al juzgado)


